El Defensor del Pueblo
Andaluz insta a Ángeles Muñoz a que inicie un procedimiento para la nulidad de
la subvención concedida a ‘Despertar Sin Violencia’ alegando “infracción de
derechos fundamentales”
Ante la reclamación
de ‘Marbella Feminista’ al Defensor del Pueblo Andaluz a raíz de la decisión
del gobierno local del PP y OSP de mantener la subvención nominativa incluida
en los presupuestos municipales de 2018 a favor de la asociación ‘Despertar Sin
Violencia’, a pesar de la polémica surgida a nivel nacional tras la difusión
por parte del colectivo de un mensaje de apología de la violencia machista en
sus redes sociales que apoyaba a los integrantes de la “La Manada” y acusando a
la víctima de la violación, hemos recibido una contundente respuesta por parte
de la Oficina de esta instancia de ámbito autonómico en la que se nos indica
que “procedería iniciar un procedimiento
de nulidad radical por infracción de derechos fundamentales”.
Sin embargo,
desde ‘Marbella Feminista’ lamentamos que “a pesar de la claridad con la que se
expresa el Defensor del Pueblo en su escrito, marcando el camino a seguir para
anular esta subvención, el gobierno de Ángeles Muñoz (PP) con la complicidad de
los concejales de OSP, siga en sus trece y vaya a dar a dedo fondos públicos a
un colectivo que difunde mensajes de apología de la violencia machista tan
graves. De hecho, no contentos con no atender la petición de ‘Marbella
Feminista’ para la retirada de la subvención, en el Pleno del pasado mes de
mayo PP y OSP volvieron a ratificar la vigencia del convenio nominativo
contenido en los presupuestos al rechazar la propuesta de anulación de la
subvención presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida”.
La respuesta
del Defensor se produce tras la reclamación formulada por ‘Marbella Feminista’
por vulneración del derecho de participación tras el silencio administrativo
por parte del ayuntamiento de Marbella al escrito remitido desde nuestro
colectivo a la alcaldesa. El último
párrafo de la repuesta, rubricada por el Secretario General de la Oficina del
Defensor del Pueblo Andaluz, Miguel Paneque, es claro: “Al margen de los casos de reintegro y, sin que se dé concurrencia con
los mismos, procedería la iniciación de procedimiento de nulidad radical por
infracción de derechos fundamentales, por cualquiera de las causas indicadas en
la normativa de procedimiento común y/o de anulabilidad por cualesquiera otras
infracciones del Ordenamiento jurídico, iniciando procedimiento de oficio por acuerdo
del órgano competente, o a instancia de persona legitimada para ello”.
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